viernes, 11 de septiembre de 2015

IMPUESTOS MUNICIPALES AL BOLSILLO DEL SITRAMUN-MPA.



Como todos sabemos el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF. Señala que existen tres formas de Tributación Municipal a saber; los Impuestos Municipales,  Arbitrios y Tasas, ahora veamos cómo operan cada uno de estos:
1)     FINALIDAD DEL  IMPUESTO
Los Impuestos Municipales son aquellos pagos que realizamos cada uno por concepto de Autovaluo, alcabala y otros

¿EN QUÉ OBRAS SE INVIERTEN LOS PAGOS DE IMPUESTO PREDIAL?
Los recursos del Impuesto la Municipalidad los invierte en la ejecución de proyectos de obras de importancia o prioridad, y se agrupan en los siguientes rubros generales:
  • Construcción, reparación de infraestructura urbana.
  • Instalación y mantenimiento de mobiliario urbano.
  • Señalizaciones preventivas y reguladoras.
  • Construcción y mantenimiento de locales municipales.
  • Ejecución de proyectos municipales.
  • Ornato.
  • Desarrollo y Mantenimiento del Catastro Distrital
  • Obras de atención a la comunidad.
2)   ARBITRIOS 

Son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público de Limpieza Pública, Áreas Verdes, y Seguridad Ciudadana. Individualizado en el contribuyente.
La determinación de las obligaciones referidas en el párrafo anterior deberán sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial.
3)   TASAS

Son los tributos creados por los Concejos Municipales, cuya obligación nace de la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo, reservado a las Municipalidades, de acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades.

Es decir que cada impuesto tiene una finalidad propia, deben retornar al contribuyente mediante obras, servicios públicos y servicios administrativos; pero que viene sucediendo en la Municipalidad Provincial de Abancay?, simplemente aprovechándose del desconocimiento general del publico contribuyente, cada alcalde de turno y sobre todo don Manuel Campos, que siempre se ha caracterizado por carecer del principio de autoridad. Terminan negociando políticamente con el Sindicato de Trabajadores  (nombrados) de la Municipalidad Provincial de Abancay (SITRAMUN), que por cierto como indicamos anteriormente son los menos productivos de esta entidad edil; beneficiándose de bonos laborales por diferentes conceptos  como son día del padre, día de la madre, del trabajador municipal, bonos permanentes por años de servicio, etc, etc., y todo ello a costa de los Recursos Directamente Recaudados, el famoso RDR, que nos es otra cosa que las formas de tributación municipal  que acabamos de describir, ya que la Ley General de Presupuesto no autoriza hacer estos negociados políticos con los recursos del FONCOMUN, Canon Sobre Canon  y otros.
No recuerdo, que algún alcalde en años anteriores haya informado correctamente sobre el uso eficiente de estos recursos RDR, que a propósito no están incluidos en el portal de transparencia del MEF, por no registrar en el SIAF y también recuerdo que la meta impuesta para recaudación municipal en la Municipalidad Provincial de Abancay está por encima de los tres  millones de nuevo soles.
Entonces ya sabemos que por qué motivo la infraestructura pública, los servicios públicos y los servicios administrativos de la municipalidad se encuentran en la situación  actual.   

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